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Seguro de las AFP, Beneficio Adicional

El Diario de Hoy, José Luis Henríquez

El Salvador

Agosto 12, 2004


¿Sabía usted que del 3% que le descuentan como trabajador para cotizar a las AFP el 1.22% sirve para el pago de una prima de seguro, que le ayudará a complementar la pensión para usted o sus beneficiarios, en caso de que fallezca o quede inválido?

El Sistema de Ahorro para Pensiones (SAP) sólo otorga pagos de retiro por tres causas: por vejez, invalidez o muerte. La pensión porque el trabajador llegue a la edad de jubilación se da por descontada porque para eso se crearon las AFP.

Pero en el caso de la invalidez y muerte, por ser fenómenos inesperados, tienen otro tratamiento.

Se supone que la pensión se financiará con lo que cada quien ahorre hasta la edad de retirarse, pero si ocurre cualquiera de los dos acontecimientos antes citados, ¿cómo se garantiza que la pensión será suficiente para cubrir a sus hijos, cónyuge o a sí mismo, si está incapacitado?

Para eso se pensó en crear un seguro de vida colectivo, el cual atiende a las personas cuando se invalidan o mueren, y con la cobertura de esta prestación puedan complementar sus ahorros.

La Ley del SAP establece que si alguien se invalida de manera total, la pensión deberá ser el 70% del promedio de su salario, por lo que se hace un cálculo de cuánto tiene desde cuando se invalida hasta el año en el que se calcula su esperanza de vida para que le puedan pagar esa cantidad.

Por si no alcanza

Ahora bien, si el afiliado muere y lo que tiene ahorrado a la fecha del percance no alcanza para el monto de la pensión, la compañía de seguros tendrá que desembolsar la cantidad que haga falta para cubrir esa cantidad.

De esa manera, será su cónyuge quien tendrá derecho a recibir pagos de forma vitalicia (hasta que muera). Los hijos hasta los 18 años, ó 24 años si estudian, también tienen derecho a una remuneración, y los padres del afiliado fallecido tienen derecho a una pensión vitalicia, siempre y cuando dependan económicamente de él.

La directora ejecutiva de Asafondos, Ruth de Solórzano, señaló que las condiciones para gozar de esa cobertura son tres:

i) Que en el momento de la muerte o invalidez la persona haya estado cotizando, aunque haya sido la primera vez que cotizaba. Este seguro es automático.

ii) Si el afiliado fallece y cotizó al menos seis meses continuos o discontinuos dentro de los últimos doce meses.

iii) Quizá el caso más benévolo para los afiliados se presenta si la persona tenía 18 meses de no cotizar, pero registra seis cotizaciones continuas antes de su muerte. En ese caso, tiene derecho al seguro.

También aplica para quien tenía doce meses sin cotizar pero antes tuvo seis cotizaciones discontinuas. Significa que quizá cotizó, por ejemplo, en enero y febrero, pero no lo hizo en marzo, si en abril, nada en mayo, junio ni julio,una más en agosto, y así sucesivamente hasta cumplir las seis cotizaciones.

"Esto es interesante porque si la gente queda cesante o no puede cotizar un mes, siempre queda cubierta", dijo la directora.

Las estadísticas pensionales indican que desde mayo de 1998 hasta junio de 2004, las aseguradoras desembolsaron más de $80.7 millones a 13,935 beneficiarios en concepto de sobrevivencia o invalidez.

"Esto permitió que los niños sigan estudiando, mantener la dieta alimenticia o pagar los servicios de la casa".

En este momento se registran 1,800,000 afiliados al sistema de pensiones. De estos 500,000 cotizan efectivamente y 50,000 son independientes.
Los afiliados al sistema pagamos de seguro $22.8 millones al año, o sea $1.9 millones mensuales.

Cuando se acaba el seguro

Cuando las personas llegan a la edad de retiro, 55 años las mujeres y 60 los hombres, se termina la prestación del seguro. En esos casos, si el afiliado fallece se evalúa a todo el grupo familiar y se le da una pensión con el mismo saldo que aquel que hubieran entregado al cotizante si sobreviviera.

"La AFP -si usted ya llegó a la edad de jubilarse- todos los años debe evaluar cuánto espera que viva. Si muere, la Administradora hará una reserva del saldo para que con eso se pague la pensión a sus hijos y a la pareja", recalcó de Solórzano.

Otra razón porque los padres pueden tener pensión automática es que sean los únicos familiares vivos o los únicos tutores de sus hijos.

¿Y si quiebra?

Si la aseguradora quiebra, la AFP debe cubrir el capital complementario de la pensión con su propio patrimonio.

A las personas que tienen sueldos bajos porque quizá toda la vida ganaron salario mínimo, no se les puede dar menos de $114 (pensión mínima), aunque los cálculos dicten que se le entreguen $80.

El seguro de las AFP no cubre accidentes de trabajo. Por esas causas será el ISSS el ente que cubrirá a los beneficiarios. 


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