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La Corte debe definir las jubilaciones

Por Silvia Stang, La Nación

Argentina

2 de abril del 2007


El mecanismo de actualización de los haberes depende del tribunal, que pidió opinión a la Anses.

Ausente de la reforma previsional que impulsó el Gobierno, el tema de la movilidad de los haberes jubilatorios del sistema de reparto espera un pronunciamiento de la Corte Suprema, que podría ordenar la aplicación de un mecanismo para la actualización de los haberes. En los últimos días, el tribunal superior les envió a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y a los abogados defensores de miles de jubilados un pedido de opinión sobre los artículos de la ley de presupuesto, que fijan un aumento del 13% para los ingresos de los pasivos desde enero, pero no prevé un mecanismo de ajustes periódicos de los haberes. A la vez, se aguarda el dictamen del procurador general que precede a una sentencia. 

El fallo emitido en la causa Badaro, en agosto último, ordenó legislar "en un plazo razonable" para establecer una fórmula que permita mantener el valor de las prestaciones. Una legislación sobre el tema dispararía un efecto general para los jubilados y no sólo para los que planteen reclamos en la Justicia. Según fuentes judiciales, en la Corte esperan entre 2000 y 3000 expedientes, y en segunda instancia hay otros 20.000 juicios. La respuesta del Gobierno a la palabra de los jueces fue dar el mencionado incremento del 13% para todos los jubilados y pensionados. 

Pero la abogada defensora del jubilado Badaro hizo una presentación ante la Corte para rechazar la lectura de que la propuesta del Poder Ejecutivo sea válida. El argumento, repetido entre los expertos en materia previsional, es que no se puede llamar "movilidad" al hecho de que el Poder Ejecutivo disponga, cada vez que lo crea conveniente, el momento y la cuantía de una suba. 

"La movilidad no es dar aumentos cada tanto, sino prever un parámetro que permita la automaticidad", reclamó Carlos Rosa, un ex comandante de vuelo, ahora jubilado, que se siente afectado por el retraso de sus ingresos. Rosa consideró que está bien la nueva ley que permite pasar del sistema jubilatorio privado al estatal, pero señaló que "no hay ninguna certeza en la jubilación de reparto" ya que, cuando pierde su valor, la recomposición "depende del funcionario de turno". 

Ante la consulta de la Corte, la Anses ya expuso la defensa de la política oficial, argumentando que en la ley de gastos "el Congreso ha establecido la pauta de movilidad para 2007" del sistema público de jubilaciones, y que ese ajuste "es en realidad un incremento garantizado como movilidad mínima, ya que la ley prevé expresamente la posibilidad de que el Poder Ejecutivo otorgue mayores incrementos adicionales". 

"La movilidad no es ni máxima ni mínima; es movilidad", expresó Graciela Stasevich, abogada de Badaro. Stasevich sostuvo que lo dispuesto por el Gobierno no respeta la garantía constitucional de la actualización de las jubilaciones. La abogada explicó que, por ejemplo, no se dispuso nada para proteger a los pasivos de la pérdida de valor de sus ingresos sufrida entre 2002 y el año pasado. En ese período, recordó, no sólo creció el costo de vida, sino también el salario. "Quien ocupa el cargo que tenía Badaro tiene un ingreso mayor en más de un 100 por ciento" al de 2001, ejemplificó. 

Según se desprende del fallo de la Corte, lo más lógico sería ajustar las jubilaciones en función del crecimiento de los salarios y no de la inflación. "Lo razonable sería aplicar un índice vinculado a la evolución salarial", como el coeficiente que estima el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o el promedio de los salarios declarados por los empleadores al sistema previsional, según opinó la abogada Elena Mitjans. 

Recaudación o salarios
Para Leopoldo van Cawlaert, ex director de la Anses y presidente de la Federación Argentina de Investigaciones de la Seguridad Social (Faiss), el parámetro podría ser la evolución de la recaudación por aportante, pero agregó que debería aspirarse a que la corrección se haga según el alza de los salarios. "La movilidad no es un ajuste discrecional, para hacerlo cuando al Gobierno le parezca", consideró. 

Entre 2002 y este año, tal como lo expone la presentación de la Anses, los haberes de quienes perciben más de $1000 mensuales crecieron un 25,4%, mientras que el alza de precios acumuló un 94%. Quienes ganan más que el mínimo de 530 pero menos de 1000 tuvieron una recomposición del 38%. Y, entre quienes reciben el haber básico, hay diferentes situaciones en cuanto a la evolución de los ingresos. Sólo quienes en 2001 cobraban la mínima sin adicional alguno tuvieron una suba del 253%, pero la mayoría por debajo de ese porcentaje.


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