Exoneran de ITF al Pago y Cobro de
Pensión Alimenticia
Expreso
Peru
22 de septiembre de 2007
El Poder Ejecutivo dispuso exonerar del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) a las cuentas de ahorros abiertas en las empresas del sistema financiero que se utilicen única y exclusivamente para el pago y cobro de pensiones alimenticias ordenadas judicialmente.
Así, los contribuyentes presentarán ante las empresas del sistema financiero una declaración jurada que indique que en dicha cuenta se realizará exclusivamente el pago y cobro de la pensión alimenticia ordenada judicialmente, dispuso un decreto supremo del Ministerio de Economía y Finanzas
(MEF).
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