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El proyecto de Ley de Pensiones propone una aseguradora estatal

 

Por Víctor Quintanilla, La Razón

25 de octubre
de 2010

 

Bolivia

 

El proyecto de la nueva Ley de Pensiones establece la creación de una aseguradora estatal que administre el pago de pensiones por riesgo común y profesional. Hasta que ello ocurra, el Gobierno continuará licitando el servicio a compañías privadas.

Así lo informó a La Razón el viceministro de Pensiones, Mario Guillén, quien señaló que la decisión se tomó en la última reunión que el Gobierno sostuvo con los máximos ejecutivos de la Central Obrera Boliviana (COB) para consensuar el proyecto de ley.

“En el proyecto original se había establecido que íbamos a licitar a entidades privadas para asegurar el riesgo común y el riesgo profesional; ellos (la COB) han observado esto. Entonces se ha puesto (en el proyecto de ley) que va a tener que haber una empresa pública de seguros, pero hasta que se constituya, vamos a realizar una (nueva) licitación”, indicó la autoridad.

La propuesta del Ejecutivo establece además la creación de la Gestora de Seguridad Social de Largo Plazo, como la entidad pública a cargo de administrar los aportes que los trabajadores realizan para su jubilación.

Según el viceministro, todavía no se ha fijado un plazo para que la empresa estatal de seguros entre en funcionamiento. Sin embargo, adelantó que ello demorará más tiempo que la puesta en marcha de la gestora.

El gerente de la Asociación Boliviana de Aseguradoras (ABA), Justino Avendaño, dijo que el sector no se pronunciará mientras no conozca en detalle la redacción del proyecto de ley.

Según el director del Centro de Estudios Laborales, Rodolfo Urostegui, “lo que se tiene que garantizar es que el trabajador esté protegido, ya sea a través de una empresa pública, mixta o pública, eso es lo fundamental”.

RIESGOS. No obstante, añadió, “en general lo que se ha podido ver es que el Estado pone la misma cantidad de trabas (que el sector privado) al trabajador para adjudicar algún beneficio”.

Cuando el trabajador va a la Caja Nacional de Salud para ser atendido, ejemplificó, le piden una serie de requisitos para garantizar que la empresa pagó su aporte. “El Estado generalmente incumple este tipo de pagos, por consiguiente no hay mucha garantía en este manejo público porque el Estado se autocondona cuando existe algún incumplimiento”, afirmó.

Para el coordinador de la Unidad de Políticas Públicas del Centro de Estudios para el Desarrollo Laboral y Agrario (CEDLA), Carlos Arce, el Gobierno podría perseguir dos objetivos con la medida: garantizar los recursos para el fondo solidario y tener todos los fondos normados y controlados. Una de las fuentes de financiamiento del fondo solidario, que permite elevar las rentas bajas de jubilación, es el 20% de la recaudación por riesgos previsionales (muerte, accidentes, entre otros). “Con una licitación (a privados) probablemente iba a bajar el valor de la prima (actualmente del 1,71%) con la competencia (entre diferentes empresas)”, agregó Arce.

El viceministro mencionó que otro de los cambios introducidos por el proyecto de ley consiste en permitir que el trabajador reciba al mismo tiempo una pensión de invalidez por riesgo y una pensión de vejez.

La primera prestación, señaló, se paga hasta los 65 años. Si antes de llegar a esa edad, el obrero accede a una jubilación, actualmente tiene que elegir entre una de las dos rentas.

Con la modificación, dijo, “si llegas a los 58 años (nueva edad de jubilación) accedes a una pensión de vejez y tendrás además tu pensión por riesgo hasta que cumplas 65 años, cuando sólo tendrás la renta de vejez. En esos siete años, desde los 58 hasta los 65 años, puedes percibir las dos rentas”.

La Razón informó el 29 de septiembre que el proyecto incluye la figura de la gran invalidez, equivalente a un grado igual o superior al 80%, que otorga al asegurado un salario mínimo adicional a la pensión por invalidez.

La comisión se revisará cada 3 años

- El viceministro de Pensiones, Mario Guillén, indicó que con la Central Obrera Boliviana (COB) se acordó que el 0,5% que se le descuenta al trabajador para la administración de sus aportes será revisado cada tres años “para ver si se puede ir bajando”. La comisión se paga actualmente a las AFP privadas  y el proyecto de la nueva ley sectorial dispone que también lo reciba la gestora estatal que administrará los fondos para la jubilación.

Las viudas no perderán su pensión si se casan otra vez

- Las mujeres que reciban una pensión derivada de la muerte de su esposo no perderán el beneficio si contraen matrimonio nuevamente, como ocurre actualmente. Así lo establece el proyecto de la nueva Ley de Pensiones.

“Lo que ahora establece la Ley de Pensiones 1732 es que si el esposo está trabajando y muere,  la esposa recibe una pensión como derechohabiente. Pero la mujer pierde la pensión si se vuelve a casar”, explicó a este medio el viceministro del sector, Mario Guillén.

Con el proyecto de ley, la viuda “se podrá casar de nuevo y seguir recibiendo la pensión del marido”, sostuvo la autoridad. La medida se aplica también para el caso de los varones, complementó.

Dentro de las políticas de género, la propuesta del Gobierno permite que las mujeres reduzcan un año la edad de jubilación (58 años), hasta un máximo de tres, por cada hijo nacido vivo.


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